julio 30, 2025

IEEM avala criterio “8de8” para validar triunfos electorales y combatir la violencia de género

El nuevo filtro permitirá a la ciudadanía y asociaciones denunciar a candidaturas con antecedentes penales antes de que se les otorgue la constancia de mayoría.

Toluca, Edomex., Viernes 30 de mayo de 2025.- El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó en sesión general la implementación del criterio de elegibilidad conocido como “8de8”, que será aplicado antes de validar el triunfo de cualquier candidatura. Este mecanismo permite a la ciudadanía y organizaciones denunciar a aspirantes que enfrenten acusaciones por delitos de género o cualquier otro contemplado en el Código Penal.

Las siete consejeras electorales votaron a favor del acuerdo, el cual forma parte de las acciones para erradicar la violencia política en razón de género, una medida que comenzó a implementarse en procesos democráticos desde 2023.

Este filtro representa el segundo y último paso en la revisión de las candidaturas, previo a emitir la constancia de mayoría. El primer filtro ocurrió durante el registro de aspirantes, quienes debieron presentar documentación ante los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Angeli Vieyra Vázquez, consejera electoral y presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, calificó esta medida como un avance trascendental, destacando que el IEEM tiene la atribución de verificar los expedientes y garantizar que las personas electas cumplan con todos los requisitos legales.

Por su parte, la consejera Karina Ivonne Vaquera Montoya subrayó la importancia de la participación ciudadana y de organizaciones para reportar impedimentos de elegibilidad, los cuales podrán presentarse ante la Oficialía de Partes. Posteriormente, la Dirección de Partidos Políticos y el área Jurídico-Consultiva verificarán la información y, en caso de confirmarse, se tomarán las medidas necesarias.

Vaquera Montoya también aclaró que las denuncias no se limitan a casos de violencia de género o deudores alimentarios, sino que incluyen cualquier delito previsto en el Código Penal, como lesiones u homicidio.

Finalmente, la consejera Paula Melgarejo Salgado explicó que existen dos momentos clave para la revisión de requisitos: el primero, cuando las personas candidatas presentan una carta bajo protesta de decir verdad ante los Poderes del Estado; y el segundo, al momento de revisar su elegibilidad con base en los filtros establecidos. Añadió que los delitos considerados son enunciativos, no limitativos, lo que amplía el espectro de evaluación.

Con la adopción del “8de8”, el IEEM busca consolidar procesos democráticos más justos y libres de violencia, reafirmando su compromiso con la legalidad y la igualdad de género.